Cuando se ha violado su sensación de
seguridad personal, es normal sentir que el mundo es peligroso o
inestable por un tiempo. Buscando asistencia profesional,
espiritual o de amigos puede ayudarle en entender estas
reacciones.
-
Compartir lo que siente y sus preocupaciones con una persona que
no lo juzgue, como por ejemplo un amigo, familiar o un terapeuta
puede ayudarlo a ordenar sus emociones y puede reducir su
sensación de aislamiento.
-
Cuando
se intenta explicar o entender el delito, es fácil decir
“tendría que haber…” Recuerde que Usted no es el culpable de lo
que le ocurrió. Nadie pide ser una víctima. No es su culpa.
-
Las
sensaciones tales como temor, ira y ansiedad por lo general van
desapareciendo con el tiempo. El tiempo y un apoyo sin ser
juzgado son fundamentales para poder afrontar el resultado de un
delito. Hay esperanza.
[Top]
Cómo la
familia y los amigos pueden ayudar
-
Escuche
a las víctimas es una de las manera más efectivos de ayudar. Le
permita a las víctimas de hablar de lo que ocurrió y como siente
es vital. No trate de ofrecer sus propios pensamientos,
observaciones o sugerencias con rapidez.
-
Diga a
las víctimas lo siento por todo que ocurrió y que Usted quería
entender y ayudarlas.
-
Declaraciones como, “tienes suerte que no era peor” o “es el
tiempo de seguir con la vida” no están útiles a las personas
traumatizadas y puede aparecer que Usted está minimizando los
sentimientos.
-
Mantenga en mente que víctimas de crimen pueden sentir muchas
emociones. No tome la furia u otros sentimientos personalmente.
A algunas la reacción a la crimen está en demora por días,
semanas, o meses.
-
Les
informe a las víctimas que todo de los sentamientos están normal
aunque las reacciones están diferentes que otras personas en una
situación similar.
-
Reasegúrelas que Usted está allá y cuídalas mucha y lo que pasó
no era la culpa suya.
-
Avise
que a veces las víctimas cuales son niños pueden retroceder
emocionalmente y Usted necesita la paciencia para trabajar con
los sentimientos.
-
Los
jóvenes quieren saber lo que el próximo paso. Ser lo honesto
como posible y utilice otras agencias para información y apoyo
si necesario.
[Top]
Programa a las
víctimas y testigos (V/W)
Los Programas de V/W se encuentran en la
mayoría de las oficinas de los Fiscales de distrito
(District Attorney- DA) de Wisconsin. La
mayoría de los Programas V/W ofrecen:
-
Información acerca de sus derechos y el modo en que puede
ejercerlos.
-
Información específica sobre cuándo y cómo se celebrarán las
audiencias del juicio.
- Notificación sobre las audiencias judiciales canceladas o
reprogramadas y el resultado final del juicio.
-
Ayuda
para que Usted pueda comparecer ante el tribunal poniendo a su
disposición un lugar de espera separado, alguien que lo acompañe
al tribunal y asistencia para el cuidado infantil.
-
Ayuda
para recuperar sus pertenencias.
-
Derivaciones a otras fuentes de ayuda, por ejemplo, programas de
violencia familiar, programas de abuso sexual, agencias de
servicios sociales, grupos de apoyo y compensación a las
víctimas de delitos.
-
Ayuda
para preparar una declaración sobre el impacto del delito en la
víctima.
-
Información al tribunal sobre sus pérdidas económicas
(restitución).
-
Asistencia en cuestiones de seguridad.
-
Asistencia de conferir con el DA.
-
Los servicios se ofrecen sin cargo. La disponibilidad de los
servicios puede variar según el condado.
Si desea
solicitar ayuda del Programa V/W, comuníquese con la oficina del
DA de su condado. Si no existe un programa en su área, llame al
Centro de Recurso para Víctimas (Victim Resource Center) de
Wisconsin al 1-800-446-6564.
[Top]
Si se le presentan algunos problemas
a causa del delito, puede pedir que el Programa V/W de su zona
le proporcione información sobre la derivación a otros
servicios, como por ejemplo terapia, grupos de apoyo o asesoría
legal. Asimismo, el Centro de Recursos para Víctimas (Victim
Resource Center) del Departamento de Justicia de Wisconsin
brinda servicios y atiende consultas llamando al 1-800-446-6564
o 608-264-9497. El Centro de Recursos para Víctimas (Victim
Resource Center) de Wisconsin brinda los siguientes servicios a
todas las víctimas de delitos dentro del estado:
-
Información y derivación para las víctimas de delitos que
experimentan dificultades.
-
Asistencia a víctimas/testigos en relación con aquellas
cuestiones que están siendo procesadas por la Oficina del DA o
cuando no haya ningún otro servicio de V/W disponible en el
condado.
-
Material informativo sobre los derechos de las víctimas en
Wisconsin.
-
Servicios de notificación de apelaciones a las víctimas.
-
Asistencia para entender y participar en el proceso judicial
penal.
-
Ayuda para resolver problemas con el sistema judicial.
-
Ayuda a las víctimas en el ejercicio de sus derechos.
-
Cumplimiento de los derechos de las víctimas.
[Top]
La legislación de Wisconsin exige a
los funcionarios encargados de la aplicación de la ley,
fiscales, jueces y otros funcionarios de la justicia penal
informar a las víctimas sobre sus derechos y el modo en que
pueden ejercer dichos derechos. Si Usted desea realizar alguna
consulta específica sobre sus derechos o desea recibir una lista
completa de los derechos, por favor póngase en contacto con el
Programa V/W o el DA. También puede encontrar información por
internet a
www.doj.state.wi.us/cvs.
Las prácticas varían de acuerdo al condado, y es importante que
Usted tenga claro y discuta los derechos que tiene y como
ejercerlos. Es importante que conozca cuáles derechos debe
solicitar y como solicitarlos. Para recibir información, es importante que Usted mantenga informada a la
agencia correspondiente sobre su domicilio y número de teléfono
actual.
Derechos a las víctimas que aplica por la investigación y
prosecución:
-
A recibir información por escrito de la autoridad encargada de
la aplicación de la ley dentro de las 24 horas siguientes al
primer contacto que hayan tenido con Usted.
-
A un rápido pronunciamiento de la sentencia del juicio penal.
-
A ponerse en contacto con el Departamento de Justicia para
presentar una queja por cualquier cuestión relacionada con el
trato que se le ofrece como víctima de un delito.
-
A recibir notificación sobre la decisión de no procesar si hubo
un arresto.
-
A asistir al juicio.
-
A estar acompañada de un representante de servicio a las
victimas como permitido por la ley.
-
A recibir información sobre el pronunciamiento o dictado de la
sentencia, si Usted lo solicita.
-
No ser el sujeto de la orden, pedida o suggestion del
funcionario o DA que el víctima someter a una prueba
-
A recuperar sus pertenencias cuando ya no se requieran como
prueba.
-
A solicitar una compensación para la víctima de un delito.
-
A solicitar una orden para que se someta al ofensor a una prueba
de enfermedades de transmisión sexual o prueba de VIH. El
derecho a solicitar estas pruebas sólo se aplica a los delitos
en los cuales la ley lo permite.
Derechos a las víctimas que aplica después del ofensor es
cargado:
-
A recibir información del DA acerca de sus derechos y el modo en
que puede ejercerlos.
-
A conversar (conferir) con el fiscal acerca del resultado
probable del juicio, posibles acuerdos de reducción de pena y
opciones de sentencia, si Usted lo solicita.
-
A recibir notificación sobre la hora, fecha y lugar en que se
llevará a cabo la próxima audiencia, si Usted lo solicita.
-
A un lugar de espera apartado de los testigos de la defensa.
-
A recibir notificación en caso de que se desestimen los cargos.
-
A que el tribunal tenga en cuenta su interés antes de decidir
aceptar una solicitud de postergación del juicio (aplazamiento).
-
A solicitar ayuda para hablar con un empleador sobre las
comparecencias ante el tribunal y las reuniones con el fiscal (a
fin de evitar problemas laborales).
-
A recompensar de la finanza perdida.
-
A ser contactado en referencia al derecho a realizar una
declaración al momento del pronunciamiento o dictado de la
sentencia (declaración sobre el impacto del delito en la
víctima).
Derechos a las víctimas relacionados a la condena del ofensor:
-
A proporcionar al tribunal al momento del dictado de la
sentencia, una declaración oral y/o escrita sobre los impactos
económicos, físicos y psicológicos que sufrió la víctima a causa
del delito.
-
A ser contactado por la persona que prepara el informe de
pre-condena para tener el impacto del víctimas incluyendo en el
informe.
-
A una acción civil por la restitución pendiente de pago.
-
A recibir información sobre el pronunciamiento o dictado de la
sentencia, si Usted lo solicita.
Derechos a las víctimas que aplica después de la condena:
-
A ser notificado de las liberaciones
condicionales.
-
A ser proporcionado con noticias por el DA de una
petición para el cambio de condena y como solicitar la
objeción de la petición.
-
A ser notificado por el Departamento de
Correcciones de certezas liberaciones, escapas,
confinamientos, salidas, liberación de la libertad
condicional y participación en el programa de las sanciones
intensivos.
-
A asistir las audiciones de las peticiones para la
modificación de la condena y para proveer la declaración.
-
A notificación del Departamento de los Servicios de
Salud sobre el descargo, visitas a las casa y la liberación
supervisada de certezas ofensores.
-
A ser notificado de las solicitaciones de la
libertad condicional; proveer las declaraciones acerca de la
libertad condicional; asistir a las entrevistas y audiciones
de la libertad condicional.
-
A tener que al secretario de los tribunals mandar;
la copia de la petición del ofensor para la libertad
condicional y la noticia de al audición de al condena para
la prueba del y noticia de las audiciones relacionadas.
-
A ser notificado por el gobernador de la
solicitación de perdonar y hacer la declaración escrita
sobre al solicitación.
Si tenga preguntas de registrar de recibir
noticias
del Departamento de Correcciones,
1-800-947-5777.
[Top]
Los testigos tienen los siguientes derechos:
-
A solicitar al DA información sobre el resultado final del caso.
-
A ser notificado acerca de que la audiencia a la cual había sido
citado no se celebrará en la fecha programada, para que no tenga
que hacer un viaje innecesario al tribunal.
-
A recibir protección contra posibles daños o amenazas de daños
como resultado de la cooperación del testigo con los esfuerzos
de la aplicación de la ley y de procesamiento, e información
respecto del nivel de protección disponible.
-
A recibir información sobre la asistencia financiera y otros
servicios sociales disponibles para los testigos de un delito,
inclusive cómo hacer para solicitar la asistencia y los
servicios.
-
A recibir información sobre los pasos a seguir a fin de
solicitar y recibir los correspondientes honorarios de testigos
a los cuales tienen derechos.
-
A que se ponga a su disposición un lugar de espera.
-
A recuperar sus pertenencias cuando ya no se requieran como
prueba.
-
A solicitar ayuda para hablar con un empleador sobre las
comparecencias ante el tribunal y las reuniones con el fiscal (a
fin de evitar problemas laborales).
-
A un rápido pronunciamiento de la sentencia del juicio penal.
[Top]
Cualquier víctima de un delito que
tenga alguna consulta sobre una posible violación a los derechos
de las víctimas de delitos o que desee presentar una queja por
violación a los derechos debe en primer lugar comunicarse con el
Centro de Recursos para Víctimas (Victim Resource Center), un
programa de la Oficina de Servicios a las Víctimas de Delitos
(Office of Crime Victim Services) del Departamento de Justicia
de Wisconsin.
El Centro de
Recursos para Víctimas se enganche en el proceso informal para
plantear preocupaciones para la víctimas o testigo para resolver
el problema. Los empleado facilitarán las reacciones por el
sujeto de la preocupación.
El Centro de
Recursos para Víctimas (Victim Resource Center) puede brindarle
asistencia a una víctima planteando inquietudes en nombre de la
víctima y tomando las medidas necesarias para resolver el
problema. Una vez que el Centro de Recursos para Víctimas haya
abordado el problema, buscado una solución y finalizado sus
acciones tendientes a resolverlo, se le informará el resultado a
la víctima. Una vez completado este proceso, la víctima tiene
derecho a solicitar que la Comisión de Derechos de las Víctimas
de Delitos (Crime Victims Rights Board) revise su queja a fin de
iniciar una acción formal.
[Top]
La Comisión de Derechos de las Víctimas
de Delitos (Crime Victims Rights Board - CVRB) de Wisconsin está
facultada para revisar y tomar acciones en relación con las
quejas por violación de los derechos de las víctimas de delitos
(no de los testigos). La Comisión puede revisar las quejas y
ofrecer acciones y recursos legales en los casos en que hayan
ocurrido violaciones a los derechos de las víctimas. La CVRB no
puede discutir ni modificar el resultado de un juicio.
EL CVRB tiene la autoridad estatutaria de
ofrecer certezas remedios en casos le refiere. La comisión
puede:
-
Dar
reprimendas públicos o privados de los funcionarios públicos,
empleados o agencias.
-
Referir
quejas contra jueces a la Comisión Judicial.
-
Solicitar alivio equitativo para las víctimas para proteger los
derechos.
-
Llevar
la acción civil para evaluar multas (no excede $1000) por las
violaciones intencionales.
-
Dar los
informes y las recomendaciones.
El CVRB sólo puede dirigir a los casos
donde la violación de los derechos a las víctimas ocurriría y
sólo después del Centro de Recursos para Víctimas al
Departamento de Justicia terminó la revista informal de la
queja.
[Top]
Para muchos, el sistema judicial penal
puede ser muy confuso. Esta información le dará una visión
general del proceso. Si Usted tiene alguna consulta, comuníquese
con el Programa V/W o con el DA. Tal vez no esté familiarizado
con algunos de los términos legales. Muchos de los terminus
utilizados se incluyen en el glosario que aparece al final de
este folleto.
¿Qué ocurre después del delito?
Dentro de las 24 horas posteriores al
primer contacto con la autoridad encargada de la aplicación de
la ley, las víctimas deberían recibir de dicha autoridad
información sobre los derechos de las víctimas, compensación a
las víctimas de delitos, servicios de asistencia a víctimas e
información relativa a cómo ponerse en contacto con el DA. En
caso de que se arreste a alguien, pero no se le acuse de un
delito, la Oficina del DA debería informarle a la víctima que no
se presentarán cargos. En caso de que se presenten cargos contra
el acusado, la víctima debería recibir información por escrito
dentro de los diez días siguientes a la primera comparecencia o
24 horas antes de la audiencia preliminar, dicha información
incluirá:
-
El
procedimiento del procesamiento.
-
Una
lista de los derechos y cómo ejercerlos.
-
La
persona a quien contactar para actualizar la información
referida al domicilio o teléfono (para recibir notificaciones e
información sobre los servicios).
-
Información sobre la compensación a las víctimas de delitos.
-
La
persona a quien contactar para obtener mayor información sobre
el procedimiento del caso.
¿Qué es un acuerdo de reducción de pena?
Un acuerdo de reducción de pena es un modo
de resolver el caso sin ir a juicio. Los acuerdos de reducción
de pena se resuelven entre el DA, el abogado defensor y el
procesado. En la mayoría de los casos, se puede llegar a un
acuerdo en el cual se admite la culpabilidad del acusado, pero
se evita el juicio. Las víctimas tienen derecho a conferir sobre
los posibles acuerdos de reducción de pena. Es importante
informar su solicitud de conferir a la Oficina del DA o al
Programa V/W. El Programa V/W puede proporcionarle mayor
información acerca de cómo se manejan los acuerdos de reducción
de pena en su condado.
¿Qué significa la “posibilidad de
conferir”?
Conferir con el Fiscal de distrito
significa discutir el caso y sus posibles resultados. En algunas
instancias, según corresponda, el DA puede delegar la
responsabilidad de conferir a alguna otra persona de su oficina.
Si la víctima solicita conferir, dichas discusiones podrán
incluir los posibles acuerdos de reducción de pena, las
recomendaciones de dictado de sentencia e información sobre el
pronunciamiento de la sentencia. El DA podrá considerar los
datos que Usted aporte, pero tomará una decisión final basándose
en todos los factores del caso.
¿Qué puedo hacer si recibo alguna
amenaza o estoy siendo acosado?
En la mayoría de los casos, las víctimas y
testigos no reciben amenazas ni acoso por parte del acusado. Sin
embargo, en caso de que Usted reciba amenazas, póngase en
contacto con la policía o con alguna otra agencia encargada de
la aplicación de la ley de inmediato. También es importante
notificar al Programa V/W o al DA.
¿Cómo hago para recuperar mis
pertenencias retenidas como prueba?
El DA estará al tanto de si sus
pertenencias ya no son necesarias como prueba. Cualquier
consulta acerca de sus pertenencias deberá realizarla al
Programa V/W o a la Oficina del DA.
¿Qué debo hacer si el investigador o
abogado del acusado quiere hablar conmigo?
Siempre asegúrese de saber con quién está
hablando, puede pedir identificación. Usted puede optar por no
hablar con la persona, y también puede pedir que haya un oficial
policial o fiscal de distrito con Usted durante la entrevista.
Si Usted decide hablar con la persona, asegúrese de que sus
declaraciones sean claras y precisas y tenga en cuenta que
cualquier cosa que Usted diga podrá ser usada en el juicio.
Top
En los casos con alta exposición
pública, manejarse con la prensa puede sumarle estrés a Usted y
a su familia. A muchas víctimas y familiares de las víctimas les
ha resultado útil que un integrante de la familia o amigo de la
familia se encargue de la prensa. Independientemente de quién
esté a cargo de responder a las preguntas de la prensa, Usted
debe saber que puede:
-
Decir
‘NO’ a una entrevista (incluso si ha concedido otras
entrevistas).
-
Aceptar
una entrevista pero negarse a responder determinadas preguntas.
-
Elegir
el momento y el lugar para realizar las entrevistas. Usted puede
resguardar la privacidad de su hogar realizando las entrevistas
en otro lugar o dando a conocer su opinión a través de un vocero
y/o una declaración escrita.
-
Proteger a los menores de las entrevistas. Un menor puede
sentirse traumatizado por tener que hablar con la prensa.
-
Solicitar que no se publiquen o muestren fotos ofensivas.
-
Expresar su dolor en privado y pedirles a los reporteros,
fotógrafos o a otras personas que respeten su privacidad.
-
Solicitar una retractación o corrección de cualquier información
incorrecta que se haya difundido.
-
Solicitar que se lo trate con dignidad y respeto en todo
momento.
Si Usted tiene alguna consulta o inquietud
sobre la prensa, comuníquese con el Programa V/W o con la
oficina del DA para mayor información.
[Top]
Cuando Usted recibe una citación
judicial (notificación para comparecer ante el tribunal), se le
está pidiendo que se presente como testigo en una audiencia ante
un tribunal penal. Una citación judicial indica la fecha, hora,
lugar y el procedimiento en el cual Usted debe prestar
declaración testimonial. No ignore una citación judicial. Si
Usted no comparece ante el tribunal, se lo podría acusar de
desacato al tribunal. Se hará todo lo posible para contactarlo
en caso de que se cancele la audiencia
¿Qué debo hacer con la citación
judicial?
Lea la citación judicial atentamente. Tal
vez le indique que se comunique con la Oficina del DA o con el
Programa V/W el día previo a su comparecencia ante el tribunal o
tal vez proporcione otro tipo de información o instrucciones.
Por favor lleve la citación judicial con Usted al tribunal y
esté preparado para dar su número de seguro social a fin de
obtener los honorarios de testigos correspondientes.
¿Dónde debo ir?
La citación judicial le indicará dónde
reportarse. Usted puede llamar al Programa V/W para recibir
ayuda; ellos podrán ofrecerle mapas, direcciones, información
sobre estacionamiento y realizar las gestiones para que Usted
tenga un lugar de espera.
¿Debo llevar algo conmigo al tribunal?
Salvo que su citación judicial le indique
específicamente llevar registros, libros u otros objetos al
tribunal, Usted no tendrá que llevar nada. Esté preparado para
esperar. Por lo general se programas varios eventos judiciales
en una misma fecha. Le recomendamos llevar un libro o revista y
algo para comer.
¿Con qué frecuencia deberé comparecer
ante el tribunal?
Sólo deberá comparecer ante el tribunal
cuando reciba una citación judicial. Las víctimas tienen derecho
a presenciar cualquier audiencia. Como víctima de un delito,
Usted tiene derecho a solicitar que se le notifiquen todas las
audiencias relativas a su caso. Si se lo cita a una audiencia
judicial, tal vez no pueda presenciar toda la audiencia ya que
el tribunal puede ordenar el aislamiento. Recibirá una
notificación cada vez que se requiera su comparecencia, y se le
informará, si fuera posible, cualquier aplazamiento o
cancelación del juicio. Por lo tanto, es muy importante que la
Oficina del DA y el Programa V/W tengan su domicilio, número de
teléfono o número de contacto actualizados.
¿Qué ocurre si las fechas de las
audiencias interfieren con mi trabajo?
De acuerdo con la ley de Wisconsin, los
empleadores tienen prohibido despedir a sus empleados porque
tengan que prestar declaración testimonial en un procedimiento
penal, incluso cuando la declaración testimonial del empleado
sea desfavorable para el empleador o se refiera a un incidente
laboral. Los empleados están obligados a notificar la citación
judicial a sus empleadores de inmediato. Si Usted necesita ayuda
con su empleador por cuestiones relativas a su citación
judicial, comuníquese con el Programa V/W.
¿Por qué se demora la celebración del
juicio?
Un abogado puede solicitar más tiempo para
preparar el caso o para ubicar a un testigo importante. En
algunos casos los juicios se aplazan debido a un conflicto de
horario del juez o de alguno de los abogados. A veces es
necesario cancelar la audiencia a último momento. Se hará todo
lo posible para que Usted sea notificado con anticipación.
¿Con quién debo comunicarme si quiero
hacer alguna consulta sobre el caso?
Usted puede llamar al Programa V/W de su
zona o a la Oficina del DA. Es útil tener a mano el número del
caso o el nombre del ofensor cuando llame para averiguar sobre
algún caso en particular. Esta información aparecerá en su
citación judicial.
¿Recibiré algún pago por mi tiempo como
testigo?
Usted recibirá un honorario de testigos
nominal por cada día que se lo cite a comparecer ante el
tribunal. Podrá tener derecho a una suma en concepto de
viáticos. El Programa V/W puede brindarle asistencia para
solicitar los honorarios de testigos. Si Usted no recibe el
honorario de testigos que le corresponde dentro de los dos meses
posteriores a su comparecencia ante el tribunal, póngase en
contacto con el Programa V/W para recibir mayor asistencia.
¿Es posible asistir si no reciba la
citación?
Las víctimas tienen el derecho de asistir
los tribunales. El derecho no relacione si la victim recibe la
citación judicial o es testigo. Las víctimas del delito tiene el
derecho recibir noticia de todas audiciones, si Usted lo
solicita.
[Top]
Será necesario que tanto el juez como el
jurado conozcan los hechos relacionados con el delito. Ellos
evaluarán todas las pruebas presentadas ante el tribunal. Debido
a que Usted vio, escuchó o sabe algo relacionado con el delito
cometido, su declaración testimonial es una de las formas que
ellos tienen para obtener dicha información. Puede resultar un
poco aterrador testificar ante el tribunal, pero puede pedir
ayuda al Programa V/W de su zona. Antes de testificar, el
secretario del tribunal le preguntará su nombre y le pedirá que
preste juramento.
Al prestar juramento Usted
promete decir la verdad al momento de declarar.
-
Refresque su memoria. Piense en lo que sucedió y cuándo
ocurrieron los hechos. Si Usted realizó una declaración por
escrito, solicite verla, podrá ayudarle a recordar los hechos.
-
Trate
de estar tranquilo. Respire hondo antes de hablar y tómese su
tiempo para responder.
-
Si no
entiende alguna pregunta, solicite que se reitere o explique
dicha pregunta. Si no sabe la respuesta o no la recuerda, está
bien decirlo.
-
Trate
de dar respuestas simples y concretas. Si una pregunta puede
responderse con “sí” o “no,” responda con “sí” o “no”.
-
Hable
en voz alta y clara. El taquígrafo del tribunal necesita
escuchar sus respuestas para registrarlas. No afirme o niegue
con la cabeza.
-
Deje de
declarar si un abogado formula una ‘objeción’. Cualquiera de los
dos abogados puede formular una objeción a una pregunta. No
responda la pregunta hasta tanto el juez le indique qué hacer.
Si le pide que conteste la pregunta, puede solicitarle al
abogado que la reitere.
-
Siempre
diga la verdad.
-
Vestirse apropiado.
[Top]
Si
el ofensor es declarado culpable o admite su culpabilidad, se
condenará al acusado. Si Usted es una víctima, antes de
pronunciarse la sentencia contra el acusado, tiene derecho a
presentar ante el tribunal una Declaración sobre el impacto del
delito en la víctima oral y/o escrita. Si el ofensor es
declarado inocente en el juicio, aquí se termina el proceso
judicial.
¿Qué es una declaración
sobre el impacto del delito en la víctima?
Una declaración sobre impacto del delito en
la víctima es una declaración oral y/o escrita que se entrega al
tribunal al momento del dictado de la sentencia. Puede incluir
información acerca de cómo el delito lo afectó a Usted en
términos físicos, económicos y emocionales. El Programa V/W
puede asistirlo en la preparación de dicha declaración.
¿Cómo sabré qué le ocurre al
ofensor?
En su calidad de víctima, Usted tiene
derecho a que se le proporcione información sobre el
pronunciamiento (dictado de la sentencia). Si Usted solicita
información sobre el pronunciamiento, la Oficina del DA deberá
proporcionarle dicha información después de dictada la
sentencia. Si el ofensor es condenado a prisión Usted también
tiene derecho a recibir información relacionada con la puesta en
libertad del acusado. A fin de recibir información sobre la
puesta en libertad de un ofensor, Usted debe registrarse para
recibir notificación sobre la excarcelación.
¿Los ofensores ya liberan
temprano?
Hay circunstancias donde el ofensor están
liberado de la encarcelación mas temprano de lo original. Por
favor haga contacto con el Departamento de Correcciones, Oficina
de los servicios y programas a las víctimas para hablar con
alguien del estatus del ofensor a 1-800-947-5777.
Si desea información
general sobre el período condicional o la puesta en libertad del
acusado,
comuníquese con el Defensor de Víctimas
del
Departamento de Correcciones
(Department of Corrections Victim
Advocate),
llamando gratuitamente al 1-800-947-5777.
[Top]
El
Departamento de Justicia (Department of Justice) del Estado de
Wisconsin tiene un programa para compensar a las víctimas de
delitos, o en el caso de muerte a las personas a su cargo o
familiares, por ciertos gastos en los cuales han incurrido como
resultado directo de un delito.
El programa de compensación a las víctimas
de delitos (Crime Victim Compensation - CVC) puede reembolsar
los gastos médicos y de salud mental, pérdida de salarios,
pérdida de ingresos o manutención, gastos de funeral y entierro,
limpieza de la escena del crimen y las prendas de vestir y ropa
de cama retenidas como prueba siempre y cuando estos gastos no
estén cubiertos por otra fuente, tal como un seguro privado o
fondos públicos.
El programa no realiza
reembolsos por pérdida o daño a la propiedad. Existen algunos
requisitos que deberán cumplirse a fin de tener derecho a dicho
programa. El programa CVC podrá otorgar reembolsos aunque no se
arreste o procese a nadie.
Si desea saber más acerca de
los requisitos para tener derecho a este programa o desea pedir
una solicitud, pregúntele al Programa V/W o comuníquese con la
Oficina de servicios a las víctimas de delitos (Office of Crime
Victim Services), llamando gratuitamente al 1-800-446-6564
(264-9497 en el área de Madison). También puede pedir
información y formularios de solicitud escribiendo a:
Office of Crime Victim Services
P.O. Box 7951
Madison, WI 53707-7951
¿Qué pasa con la
restitución?
Si el ofensor es declarado culpable, el
tribunal puede ordenar al ofensor pagarle por las pérdidas
económicas que Usted hubiera sufrido como resultado del delito.
Durante la audiencia en la que se dicta la sentencia, el DA
debería pedirle al juez que ordene una restitución como parte de
la sentencia.
¿Cómo solicito la
restitución?
Se le pedirá que proporcione documentación
sobre sus gastos chicos. Si desea mayor información o necesita
ayuda, comuníquese con el Programa V/W.
¿Cómo me pagarán la
restitución?
Cuando comienzan los pagos de restitución,
el ofensor deberá entregarle el dinero al agente de supervisión.
El agente luego envía el dinero a la oficina de caja del
Departamento de Correcciones (Department of Corrections - DOC)
de Wisconsin, que a su vez se lo enviará a Usted. Los ofensores
que no se encuentran bajo la supervisión del DOC, pero que están
obligados a pagar una restitución, realizarán los pagos al
secretario del tribunal local o a la Oficina DA. Cualquiera de
estos dos departamentos luego le enviará el pago a Usted. Si
Usted tiene alguna consulta acerca de la restitución,
comuníquese con el DA o Programa V/W. También puede comunicarse
con la oficina de Correcciones de la Comunidad (Community
Corrections) encargada de supervisar al ofensor.
¿Existe algún otro modo de
obtener un resarcimiento por las pérdidas?
Otra opción para obtener un resarcimiento
por las pérdidas es iniciar una acción civil. El resarcimiento
civil es una acción distinta del proceso penal. El hecho de
iniciar una acción civil no le impide solicitar una restitución
al momento del dictado de la sentencia en la acción penal. Si
Usted desea iniciar una acción civil le recomendamos que se
asesore con un abogado con experiencia en derecho civil. Sin
embargo, Usted no está obligado a tener un abogado. Le
recomendamos ponerse en contacto con el secretario del tribunal
local para averiguar más acerca de los pasos para presentar
acciones y las tasas de justicia, límites de la indemnización
por daños y perjuicios, y el plazo que tiene para iniciar la
acción.